Diagnóstico gratuito

Recurrir una multa por usar el móvil al volante

Sanción grave (200 € y 6 puntos). Revisamos la prueba, la identificación del conductor y los requisitos formales.

Sin registro obligatorio. Sin compromiso.

Desde la reforma de la Ley de Tráfico de 2022, sostener el teléfono móvil con la mano mientras se conduce es infracción grave: 200 euros de multa y 6 puntos del permiso. La sanción se apoya, en la mayoría de los casos, en la observación directa del agente denunciante, no en un aparato de medición.

Precisamente por eso el detalle de la denuncia importa tanto: la descripción de la conducta observada, la ubicación exacta, la hora y el sentido de la marcha son elementos que la Administración debe hacer constar para que el sancionado pueda defenderse. Una motivación puramente genérica ("circulaba manipulando el teléfono móvil") puede considerarse insuficiente y ser motivo de alegación.

Cuando no hubo parada in situ — porque el agente iba en otro vehículo o el punto no permitía detener al conductor —, el procedimiento se complica: la Administración debe requerir al titular para identificar al conductor, con los requisitos del art. 11 LSV. Cualquier defecto en ese requerimiento se traslada a la eventual segunda sanción por no identificación.

Cómo funciona el proceso

1

Sube la notificación

Foto o PDF. Extraemos motivación, ubicación, hora, sentido y datos del titular.

2

Motor jurídico

Cotejamos la descripción de la conducta, la identificación y los requisitos formales.

3

Diagnóstico gratuito

Nivel de recurribilidad, categorías y número de posibles incidencias detectadas.

4

Informe premium opcional

Por 9,90 € desbloqueas el informe completo y el borrador de alegaciones.

Qué revisamos

Detalle de la denuncia

Ubicación, hora, sentido de la marcha y descripción del uso observado.

Identificación del conductor

Si no ha habido parada, comprobamos el requerimiento de identificación al titular.

Puntos aplicados

Verificamos que se apliquen los puntos exactos previstos para el supuesto.

Requisitos formales

Órgano competente, motivación fáctica y cuantía.

Así se vería tu diagnóstico

Score

55/100

Recurribilidad
media
Categorías afectadas
Identificación del conductorRequisitos formales

Incidencias detectadas (3)

Motivación de la denuncia escueta

Requisitos formales

La descripción de la conducta observada por el agente es genérica.

Falta la ubicación exacta

Requisitos formales

No se identifica con precisión el punto kilométrico ni el sentido de la marcha.

Requerimiento de identificación incompleto

Identificación del conductor

El requerimiento al titular no cumple todos los requisitos legales.

Ejemplo ilustrativo. No corresponde a un caso real.

¿Multa por móvil al volante?

Diagnóstico gratuito antes de perder los 6 puntos o pagar los 200 €.

Analizar mi multa ahora

Errores habituales de la Administración

Defectos formales que aparecen con frecuencia en las notificaciones y que pueden dar lugar a alegación.

Motivación fáctica genérica

La descripción del uso observado del móvil es escueta y no permite defenderse con detalle.

Ubicación imprecisa

Falta punto kilométrico, sentido de la marcha o vía concreta donde se observa la conducta.

Hora y visibilidad no acreditadas

En observaciones nocturnas o con lluvia, las condiciones deben constar para valorar la fiabilidad de la percepción.

Requerimiento de identificación defectuoso

Sin parada, el titular debe ser requerido con los requisitos legales exactos y en plazo.

Puntos mal aplicados

La sanción por móvil sostenido con la mano son 6 puntos. Aplicar más o menos es alegable.

Prueba única en foto poco nítida

Si la denuncia se apoya únicamente en una imagen y esta no permite identificar la conducta, hay margen para cuestionar la prueba.

Plazos que debes conocer

  • 20 días naturales para alegar

    Contados desde el día siguiente a la notificación de la denuncia.

  • 20 días para pronto pago (–50 %)

    Reduce la sanción económica a 100 €, pero mantiene los 6 puntos e implica renunciar al recurso.

  • 15 días para identificar al conductor

    Si el titular recibe requerimiento de identificación, dispone de este plazo para responder.

  • 1 mes para recurso de reposición

    Frente a la resolución sancionadora firme.

Contexto jurídico: prueba, identificación y fotografía

El art. 76 LSV tipifica como infracción grave el uso del teléfono móvil sostenido con la mano durante la conducción (Ley 18/2021, en vigor desde el 21 de marzo de 2022). La sanción es de 200 € y 6 puntos, sin necesidad de aparato de medición: basta la observación cualificada del agente.

La jurisprudencia ha reiterado que las denuncias de los agentes gozan de presunción de veracidad, pero esta presunción no elimina el deber de motivación: la denuncia debe describir la conducta con precisión suficiente para que el sancionado pueda articular su defensa. Una motivación estereotipada puede ser combatida.

Cuando no se identifica al conductor en el momento, el art. 11 LSV obliga al titular a identificar. El requerimiento debe cumplir requisitos formales estrictos; si no lo hace, la eventual sanción autónoma por no identificación (art. 67.2 bis LSV, hasta el triple de la sanción original) resulta vulnerable en vía de recurso.

Contexto informativo. No es asesoramiento jurídico ni sustituye la revisión personalizada por un profesional. RecurreMiMulta no garantiza el resultado de un recurso.

Cómo se compara con otras opciones

OpciónTiempoCosteRiesgo
Hacerlo solo3-6 h investigando0 €Alto: es fácil omitir requisitos formales
RecurreMiMulta10 min9,90 € (opcional)Medio: reglas jurídicas + borrador listo
Abogado1-2 semanas150-500 €Bajo: revisión personalizada

Comparativa orientativa. RecurreMiMulta no presta asesoramiento jurídico ni sustituye a un abogado.

Preguntas frecuentes

¿Se puede recurrir una multa por móvil si no me pararon?Abrir

Sí. Si no hubo parada, la Administración debe requerir la identificación del conductor al titular. Cualquier defecto en ese proceso es alegable.

¿Cuántos puntos me quitan?Abrir

6 puntos en el permiso, además de la sanción económica de 200 €. Verificamos que se apliquen correctamente.

¿Sirve una foto como única prueba?Abrir

La prueba habitual es la observación del agente. Si la denuncia se apoya solo en una foto poco nítida, puede haber margen para alegar.

¿Qué plazo tengo?Abrir

20 días naturales para presentar alegaciones desde la notificación.

¿Y si el móvil estaba en manos libres o soporte?Abrir

Solo se sanciona el móvil sostenido con la mano. Si estaba en soporte o manos libres, la denuncia carece de fundamento y es alegable.

¿Pierdo los puntos si pago con descuento?Abrir

Sí. El pronto pago reduce la cuantía a 100 €, pero mantiene la pérdida de 6 puntos y supone renunciar al recurso.

¿Puedo recuperar los puntos perdidos?Abrir

Con cursos de sensibilización se recuperan hasta 6 puntos cada 2 años (4 si son profesionales), pero no elimina el antecedente en el expediente.

Por qué RecurreMiMulta

Reglas jurídicas predefinidas

Las decisiones no las toma una IA en abstracto: aplicamos reglas jurídicas revisadas.

Sin promesas de éxito

Detectamos posibles defectos formales. Nadie puede garantizar el resultado de un recurso.

Pago único

9,90 € por multa. Sin suscripción ni cargos ocultos.

Analiza tu multa por móvil

Sube tu notificación y comprueba si podrías alegar defectos formales.

Analizar mi multa gratis